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Crédito INFONAVIT para tus empleados

Para que puedas ofrecerle a tus trabajadores el goce de una vivienda propia o de que cuenten con un fondo de retiro fundamental, debes cumplir con tus aportaciones y lo que le descuentas a tus trabajadores para amortizar los créditos que Infonavit les otorga.

Para poder cumplir satisfactoriamente con tus empleados debes realizar los siguientes requerimientos.

  • Cuando inscribes a tu empresa y a tus empleados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), simultáneamente éstos se vuelven derechohabientes del Infonavit. La información que declares ante el IMSS pasará directamente al Infonavit, sin que tú tengas que hacerlo.
  • Al inscribirlos en el IMSS debes manifestar el salario diario integrado que les pagas en ese momento y aportar bimestralmente al Infonavit el 5% de esa cantidad por cada uno de tus trabajadores. Puedes usar el Sistema Único de Administración (SUA) o también puedes obtener la ficha de pago (DEPOREF) en el servicio Medios de pago que se encuentra en el Portal Empresarial. Toma en cuenta que si no pagas a tiempo, tus trabajadores se verán afectados en cuanto a su derecho de crédito y en caso de ya haberlo ejercido, la vida del crédito se prolongará en prejuicio de su patrimonio.
  • Cada vez que se modifique la situación laboral de ellos, es decir, cuando des de alta, baja, reingresen o modifiques su salario; tu empresa cambie de domicilio, razón social, o sea clausurada, se fusione con otra, la vendas, entre en concurso mercantil, o se declare en quiebra, debes avisar al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en que ocurrió la modificación, en caso de la declaración de huelga, el plazo es de ocho días.
  • Si tu empresa es de construcción y la asistencia de los trabajadores es esporádica, entrega al IMSS una constancia con el número de días trabajados en el mes y el salario que percibieron.

Importante

  • Cuando des de alta a tu empresa en el IMSS o hagas modificaciones, registra correctamente los datos, tales como nombres, salarios, Número de Seguridad Social (NSS), Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP), ya que cualquier error de captura dificultará tus gestiones y las de tus empleados.
  • Los formatos que debes usar para manifestar modificaciones ante el IMSS son éstos:
    • Alta o reingreso de trabajadores (AFIL-02)
    • Baja de trabajadores (AFIL-04)
    • Salario (AFIL-03)
    • Modificaciones en la empresa (domicilio, razón social, clausura, huelga, por ejemplo) (AFIL-01)

Puedes encontrarlos en cualquier papelería que venda documentos fiscales. Por medio del IDSE (IMSS Desde Su Empresa), servicio en línea que brinda el IMSS en su portal de internet, puedes hacer modificaciones, descargar las respuestas de los movimientos, así como las emisiones mensuales (EMA) para el IMSS y bimestrales (EBA) para el Infonavit. Esta opción es para empresas que tengan Certificado Digital y Firma Electrónica.

Ante los acreditados del Infonavit debes cumplir con lo siguiente.

  • Cuando tus trabajadores ejercen el crédito que les otorga el Infonavit, tú tienes que retener de su salario la cantidad mensual para su pago acordada en el contrato.
  • El descuento lo debes hacer en cuanto recibas el Aviso de Retención de Descuentos o la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones. En estos documentos se indica el número del crédito y el porcentaje que descontarás.
  • También puedes saber si tus trabajadores tienen un crédito en el Portal Empresarial, sección Mis trámites, opción Consulta de trabajadores, donde encontrarás el número de crédito y el descuento que debes hacer.
  • Hay dos formas de calcular el descuento mensual:
  1. Si el pago es en cuota fija, el porcentaje de descuento se multiplica por el salario mínimo diario del Distrito Federal:
    (% de descuento x 67.29 = descuento)
  2. Si el pago es un porcentaje del salario base de cotización del trabajador, el porcentaje de descuento se multiplica por días trabajados en el bimestre a pagar por salario diario integrado:
    (% de descuento x días trabajados x salario diario integrado = descuento)

Importante

  • Haz el descuento oportunamente a los trabajadores que solicitaron un crédito y entrégalo al Infonavit; si no lo haces, la cantidad no reportada deberás pagarla mediante un crédito fiscal, ya que, según la ley, eres responsable solidario de tus trabajadores.
  • En el caso de que el trabajador acreditado deje de laborar en tu empresa, avisa inmediatamente al IMSS mediante el formato AFIL-04. Éste es el único documento que te libera de responsabilidades hacia tus trabajadores.

Para realizar todo lo antes mencionado debes cumplir con los requerimientos solicitados por el Infonavit.

  • El Infonavit es un organismo fiscal autónomo y puede verificar el cumplimiento de tus obligaciones; por eso, es importante que:
    • Nos proporciones la información que nos permita determinar el monto de las aportaciones que tienes que hacer y de los descuentos que haces a tus trabajadores por el crédito que les otorgó el Infonavit.
    • Nos permitas hacer inspecciones y visitas domiciliarias a tu empresa.
    • Atiendas los requerimientos de pago e información.
    • Entregues al IMSS la constancia de días trabajados y salarios pagados a los trabajadores de la construcción. En este caso, debes hacer las aportaciones del 5% aun cuando no sea posible determinar la persona a la que se aplicará los pagos.
    • Presentes cada año un informe al Infonavit de tu situación como contribuyente con anexos referentes a las aportaciones patronales (Dictamen Fiscal), dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del año fiscal.

Importante

  • Si optas por presentar el Dictamen Infonavit, es decir, ante un contador autorizado por el Instituto, puedes obtener estos beneficios:
    • No ser sujeto de visitas domiciliarias.
    • No recibir cédulas de determinación de diferencias por el periodo dictaminado.

  • La condición para que puedas gozar de esos beneficios es que:
    • El contador público autorizado haya concluido y presentado el dictamen correspondiente.
    • Los avisos de inscripción y las modificaciones salariales derivadas del referido dictamen hubieran sido presentados por el patrón en los formatos dispuestos para ello, es decir, a través de avisos individuales, masivos o dispositivos magnéticos.

Nota: dichos beneficios están contenidos en el artículo 59 del Reglamento de Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit.

  • Si adquieres una empresa, fíjate que esté al corriente en sus obligaciones hacia el Infonavit, ya que para este Instituto tú serás responsable de cumplir incluso las anteriores a la fecha en la que la adquiriste.